Preguntas frecuentes

 

 

 

En esta sección encontrarás respuestas claras y rápidas a las preguntas más frecuentes sobre nuestros servicios, procesos y funcionamiento de la plataforma. En ArquibPlus buscamos brindarte una experiencia sencilla, transparente y eficiente, por eso reunimos aquí la información más importante para ayudarte a resolver dudas comunes y facilitar cada paso de tu proceso con nosotros.

 

 

 

Si, las participaciones percibidas por los derechos económicos serán certificadas y reportadas por medios exógenos, para la declaración de rentas.

Tus solicitudes de retiro las puedes realizar por cualquiera de los canales de atención. Solo ten en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Retiro de utilidades generadas en la operación conjunta: La solicitud debes realizarla con una anticipación mínima de 5 días hábiles antes del vencimiento de la operación vigente, sin contar el día del vencimiento.
  • Retiro monto inicial (total o parcial) y utilidades al vencimiento: La solicitud debes enviarla con hasta 15 días hábiles de anticipación al vencimiento de la operación vigente, sin contar el día del vencimiento.

Cuando la solicitud de retiro la realices por fuera de los plazos anteriores, y necesites el retiro de los recursos al vencimiento de la operación, podrás solicitarlo, pero se te aplicará una penalidad equivalente al 3% del monto total del retiro solicitado. Una vez aprobado, se procederá con la devolución al día hábil siguiente a la confirmación del retiro por parte tuya, descontando la penalidad correspondiente.

No, por seguridad, el pago se realiza únicamente a la cuenta del titular del Contrato de Activos Descontables. El titular podrá efectivamente cambiar la cuenta bancaria de destino acreditando la titularidad de la nueva cuenta mediante los documentos que te requiramos.

Ten presente que el Contrato Marco de Cuentas en Participación para la Adquisición Conjunta de Activos Descontables suscrito con Arquib Plus Fintech S.A.S. corresponde a un contrato de colaboración y en este tipo de contratos no se aplica la retención en la fuente, ni retención por ICA.